VOLVAMOS A LA LECTURA, ......SUMATE A PARTICIPAR
Evidentemente los políticos no nos representan. Mienten oficialmente a través de los medios para seguir sometiendo y saqueando.
Hemos creado una democracia para unos pocos.
DEMOCRATIZEMOS ESTA DEMOICRACIA
Exijamos rendición de cuentas diarias On-Line.
LAS CUENTAS PÚBLICAS DEBEN SER PÚBLICAS A TRAVÉS DE INTERNET y el Pueblo ilustrado e informado asumirá el CONTROL.
Salgamos de ésta kakistocracia y entremos a la verdadera democracia.
Del gobierno de los peores saldremos con transparencia.
Evidentemente los políticos no nos representan. Mienten oficialmente a través de los medios para seguir sometiendo y saqueando.
Hemos creado una democracia para unos pocos.
DEMOCRATIZEMOS ESTA DEMOICRACIA
Exijamos rendición de cuentas diarias On-Line.
LAS CUENTAS PÚBLICAS DEBEN SER PÚBLICAS A TRAVÉS DE INTERNET y el Pueblo ilustrado e informado asumirá el CONTROL.
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> "Mañana tal vez tengamos que sentarnos frente a nuestros hijos y
> decirles que fuimos derrotados. Pero no podremos mirarlos a los ojos y
> decirles que viven así porque no nos animamos a pelear".Mahatma Gandhi
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> Le queríamos solicitar si Ustedes podrían colaborar difundiendo.
>
> Desde ya muchas gracias por su colaboración
ESTAMOS ESPERANDO QUE SE REGLAMENTE:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
Artículo 1o: Establécese como información de publicación obligatoria en el Boletín Oficial Municipal y de inclusión notoria en el contenido de la Página WEB Institucional (
www.villacarlospaz.gov.ar) y otras que en el futuro se desarrollen con carácter oficial de la Municipalidad de Villa Carlos Paz, inicialmente la siguiente, sin perjuicio de la inclusión progresiva y paulatina de toda la información municipal, a saber:
a) Deudas: Incluyendo la totalidad de las deudas del Municipio al primer día de cada mes y su evolución durante el mes inmediato anterior, incluyendo específicamente, entre otros, el estado de deuda de los aportes jubilatorios del personal con la Caja de Jubilaciones de la Provincia de Córdoba y el saldo de la deuda con la Obra Social del personal, determinando su evolución durante el mes inmediato anterior.
b) Cuenta de Coparticipación con la Provincia de Córdoba; Incluyendo el estado de evolución (débitos y créditos) de la misma, determinando su saldo al primer día de cada mes.
c) Personal municipal: Nómina completa de empleados al primer día de cada mes, con su correspondiente Categoría, detallando su condición de contratación (permanente, contratado, becario, etc.) en cada caso. A su vez se determinará la evolución de la mencionada nómina con egresos, ingresos, y cambios en la modalidad de contratación. Se incluirá el detalle de los importes por cada modalidad de Contratación .-
d) Arqueo mensual de caja: incluyendo todos los rubros contables existentes o a crearse, tales como: caja, bancos, inversiones,
. entre otros.
e) Ordenanza de Presupuesto: se deberá incluir su texto actualizado al primer día de cada mes. La actualización consistirá en remarcar y resaltar en el texto las modificaciones realizadas con indicación de la fecha y del instrumento legal que la produjo. A su vez se establecerá gráficamente el estado de evolución en todos sus ítems.
f) Obras Públicas municipales: se incluirá la nómina de todas y cada una de las obras públicas en ejecución al primer día de cada mes. A su vez se detallará, en cada caso, los gastos realizados durante el mes inmediato anterior, el remanente de deuda estimado hasta su conclusión, el monto originario de contratación, plazo de ejecución y fecha de conclusión.
Artículo 2o: Sin perjuicio de la información antes mencionada y de la ya existente se deberá publicar y difundir por los medios mencionados:
a) Guía práctica para la realización de trámites ante la Municipalidad de Villa Carlos Paz.
b) Lista de Concursos Públicos, Concursos de Precios, licitaciones y/o similares creados o por crearse.
c) Información electoral.
d) Información de Acción Social.
e) Información Turística.
Articulo 3°: Para una mejor publicidad, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá instalar en el Salón Principal de Ingreso al Palacio 16 de Julio y en los principales puntos de atención al público terminales de autoservicio de información, para ofrecer en pantallas de computadoras, el libre acceso a la Página Institucional mencionada.
Artículo 4o: Establécese como fecha límite y perentoria para la publicación y/o difusión de la información por los medios previstos, contenida en el Artículo 1° el 31 de marzo de 2007.-
Articulo 5o: Elévese al Departamento Ejecutivo a los fines de su promulgación.-
ORDENANZA N°
4699
VILLA CARLOS PAZ, 26 de octubre de 2006.-
VILLA CARLOS PAZ,
08 NOV2006
VISTO: La Ordenanza N° 4699 sancionada por el Concejo Deliberante el día 26 de Octubre de 2006, la que es parte integrante del presente ; y
CONSIDERANDO: Que la mencionada norma surge como Proyecto del mencionado Cuerpo.
" Que. este Departamento Ejecutivo comparte en un todo lo dispuesto en la citada Ordenanza.
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 49° Inc. 1) de la Ley Orgánica Municipal N° 8102 corresponde su promulgación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1o.- Promulgar la Ordenanza N° 4699, sancionada por el Concejo Deliberante el día 26 de Octubre de 2006, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 49° Inc. 1) de la Ley Orgánica Municipal N° 8102 y considerandos del presente.-
Artículo 2o.- El Concejo Deliberante y el Honorable Tribunal de Cuentas tomarán conocimiento de lo dispuesto .-
Artículo 3o.- Protocolícese, publíquese, comuniquese y archívese.
DECRETO N°
74 0
ESTAMOS ESPERANDO QUE SE REGLAMENTE !!!